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El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó que la titular de la Secretaría de Salud, Vanessa Escalante Arroyo, no cometió actos anticipados de campaña cuando buscaba ser presidenta de Tizayuca. 

En sesión pública de este 2 de mayo, las y los magistrados resolvieron la queja TEEH-PES-010/2024, presentada contra Vanesa Escalante, cuando aún era diputada local de Morena. 

La parte acusadora señaló que ella cometió actos anticipados de precampaña, al colocar presuntos espectaculares en equipamientos urbanos de Tizayuca. 

Sin embargo, la ponencia de la magistrada por Ministerio de Ley, Lilibet García Martínez declaró como inexistente el hecho denunciado. Resaltó que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) realizó una investigación, donde detectaron que los espectaculares denunciados no estaban en las direcciones proporcionadas por el denunciante. 

También, resaltaron que el quejoso presentó una serie de pruebas que no eran suficientes para advertir dichos actos anticipados de campaña. 

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Vanessa Escalante Arroyo, diputada de Morena. Creditos: Vanessa Escalante Arroyo

En cuanto a los presuntos actos anticipados, el IEEH encontró las seis bardas denunciadas en Tizayuca. Sin embargo, el Tribunal determinó que no tenían elementos para determinar que eran a favor de Vanessa Escalante, toda vez que la propaganda no hacía un llamado al voto. 

Estas quejas, las presentaron en un momento donde Morena seguía en su proceso interno para elegir a las y los candidatos. Por aquel entonces, Vanessa Escalante buscaba la candidatura a edil de Tizayuca. 

Sin embargo, el partido eligió a Gretchen Atilano Moreno como abanderada. Poco después, designaron a Vanessa Escalante como titular de la Secretaría de Salud de Hidalgo. 

Desechan otra queja por actos anticipados de campaña 

Por otra parte, el TEEH atendió la impugnación, asentada en el expediente, TEEH-RAP-011/2024, contra el Consejo General del IEEH. 

El representante suplente del Partido de Trabajo (PT), Francisco Javier León Castillo, señaló que la autoridad electoral debía negarle el registro a Erik Hernández Ramírez como candidato del Partido Acción Nacional (PAN) a edil de Xochiatipan, por presuntos actos anticipados de campaña. 

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Sin embargo, la ponencia destacó que el agravio era inexistente. Esto, ya que los presuntos actos no se ajustaban a los criterios que existen para determinar actos anticipados, fijados en el Código Electoral del Estado. 

En cambio, turnaron el caso al IEEH para que investigue si, en efecto, existe dicha vulneración electoral.  

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bryan

Bryan Rivera González

Estudió Creación Literaria en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. Reportero desde 2019. Amante de las historias.

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