El diputado de Morena, Arturo Gómez Canales, presentó una reforma en el Congreso de Hidalgo para derogar algunas de las sanciones contra el adulterio, entre ellas, que la persona responsable no reciba herencia de su pareja.
Durante la sesión de este 24 de junio, el legislador subió a tribuna y explicó que el objetivo de su propuesta es modificar la perspectiva “tradicionalista” de la vida en pareja contemplada en el marco jurídico.
Dijo que el adulterio, en el pasado, era considerado como una transgresión moral y un delito sancionable por causas civiles o penales. Sin embargo, afirmó que estas medidas ya no son sostenibles, pues no concuerdan con los “valores democráticos” de la actualidad.
Arturo Gómez declaró que las disposiciones actuales contra el adulterio no contemplan la igualdad, la dignidad humana, la autonomía de las personas, así como el respeto a la vida privada.

Por ello, propuso derogar las fracciones III y IV del artículo 1297 del Código Civil para el Estado de Hidalgo.
Actualmente, la fracción III señala que un cónyuge no podrá beneficiarse de un testamento cuando, mediante juicio, esté señalado como culpable de adulterio.
Asimismo, la fracción IV menciona que la persona con la que el cónyuge cometió adulterio tampoco podrá reclamar bienes de la persona afectada.
Al derogarlas, se eliminarían casi todas las sanciones de carácter civil contra quienes cometen adulterio en Hidalgo. Solo quedaría el artículo 301, el cual indica que las donaciones antenupciales serán revocables. La reforma se turnó a comisiones para su análisis dentro del Congreso del Estado.
¿Qué es el adulterio?
El adulterio se define como una infidelidad cometida por uno de los cónyuges. Dicha definición tiene un origen religioso y se utilizaba para castigar penalmente a quien cometiera esa conducta. Asimismo, el castigo es más severo cuando una mujer es responsable de dicha conducta.
En ese tenor, el diputado Arturo Gómez explicó que México ha tenido transformaciones sociales, culturales y jurídicas que dejan obsoletas algunas de las disposiciones sobre el adulterio, principalmente aquellas que lo califican como un delito.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP “CAFÉ Y CHISMECITO”
En el pasado, el derecho civil recogía múltiples principios derivados de una visión patriarcal y moralizante de la familia, en la cual la fidelidad conyugal era una obligación jurídica susceptible de sanción.”
Recordó que, el 1 de abril de 2013, el entonces Poder Legislativo de Hidalgo derogó las penas contra el adulterio, fijadas en el artículo 243 del Código Penal.
Además, el diputado dijo que las normas contra dicha conducta son contradictorias al artículo 1 de la Constitución Mexicana. Dicho apartado establece que las autoridades deben promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Por ello, el morenista afirmó que la ley no debe asumirse como un “juez moral” para intervenir en situaciones íntimas de las personas. Dijo que excluir a una pareja de su derecho a heredar no debe ser una disposición legal hecha con valores del pasado.
Te puede interesar:
dando clic en el periódico