Las y los diputados del Congreso del Estado aprobaron una reforma con una pena de hasta nueve años de cárcel a la persona que cometa violencia familiar contra una mujer embarazada en Hidalgo.
Durante la sesión ordinaria del 26 de noviembre, el titular de la Primera Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia, Avelino Tobar Iglesias, subió a tribuna para explicar el contenido del dictamen a avalar.
Agregaron un tercer párrafo al artículo 243 Bis del Código Penal del Estado. Actualmente, dicho artículo establece una pena de uno a seis años de prisión, así como una multa de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), contra las personas que cometan violencia familiar.
El Congreso del Estado adicionó que esta pena aumentará en una mitad si el delito ocurre contra una mujer embarazada en Hidalgo, quedando de un año y medio a nueve años de prisión.
Esto se suma al aumento de pena que ya existe si el delito también ocurre contra un menor de edad, persona incapaz de defenderse, con discapacidad o adulta mayor, el cual, también se castiga con hasta nueve años de cárcel.
Lo que el Congreso de Hidalgo no aprobó
El pasado 20 de septiembre, Miguel Moreno presentó esta iniciativa en el Congreso de Estado. Sin embargo, incluía algunas modificaciones que quitaron en el dictamen final, enfocados en el aumento de penas por violencia familiar.
En ese entonces, el legislador buscaba aumentar la pena mínima y máxima del delito. Quedaría de dos a siete años en prisión con una multa de 100 a 200 UMAS. Actualmente, la sanción es de uno a seis años de prisión.
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De igual forma, si el agresor o agresora violentaba a su hijo o hija, no podría aproximarse o vivir en el lugar donde viva la víctima. Además, perdería la pensión alimentaria de tenerla.
A su vez, el o la agresora no podría “molestar a la víctima o a otros miembros de la familia”, si así lo decidían los jueces.
Ayuntamientos deben implementar estrategias contra violencia familiar
Además de incrementar la pena por violencia familiar contra mujeres embarazadas en Hidalgo, el Congreso del Estado modificó el artículo 5 de la Ley para la Atención y Sanación de la Violencia Familiar. En dicho apartado, establecieron que las autoridades deben evitar cualquier acto de discriminación que “atente contra la dignidad humana”.
De igual forma, en el artículo 17, quitaron los pronombres masculinos en los cargos para el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, llamando ahora como “la persona titular” a quien los ostente.
Además, el artículo 21, establecieron que los ayuntamientos deben realizar distintas acciones para combatir la violencia familiar. Adicionaron una fracción V para establecer que los gobiernos municipales deben capacitar a sus servidoras y servidores públicos para evitar estos actos.
En la fracción VI, adicionaron que los ayuntamientos deben realizar campañas de concientización contra la violencia familiar. Asi mismo en la fracción VII, agregaron que dichos gobiernos deben impulsar cambios en su reglamentación para atender ese delito.
Tras su aprobación, la reforma entrará en vigor cuando se publique en el Periódico Oficial del Estado (POEH).
La primera reforma avalada en la nueva Legislatura del Congreso
Durante la sesión del Congreso, el diputado Miguel Ángel Moreno explicó que la violencia familiar es el segundo delito con mayor incidencia en Hidalgo.
Por ello, indicó que la aprobación atendería uno de los temas más preocupantes de la entidad.
Cabe destacar que esta es la primera avalada en la actual Legislatura del Congreso de Hidalgo. Dichos diputados iniciaron funciones desde el 5 de septiembre de este 2024. Así lo refirió Miguel Ángel Moreno:
Sería la primera reforma al marco jurídico local aprobada por esta legislatura, mandando un mensaje claro de que en Hidalgo se tendrá cero tolerancia contra la violencia”.
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