Las y los diputados del Congreso de Hidalgo aprobaron modificar parte de la Constitución Política del Estado de Hidalgo para ampliar el periodo de sesiones y las fechas relativas a las funciones del Poder Legislativo Estatal.
Durante la sesión extraordinaria del 17 de enero, el legislador morenista, Juan Pablo Escalante Urban dio lectura a la resolución emitida por la Primera Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales sobre el tema, indicando que cuatro artículos de la Carta Magna de Hidalgo serían modificados.
El primero es el artículo 36 que especifica cuándo debe realizarse la toma de protesta de las y los integrantes del Congreso del Estado. Con la modificación, el día oficial que debe efectuarse es el primero de septiembre del año en que sean electos.
Esta comisión dictaminadora considera viable la propuesta (…) tomando en consideración que con ello se permitirá que la nueva legislatura entre en funciones previo a que entren los nuevos ayuntamientos y, en su caso, la persona titular del Poder Ejecutivo, pudiendo atender eventualidades que puedan acontecer, como elecciones extraordinarias o designación de consejos municipales”.
A su vez, el artículo 38 ahora menciona que el primer periodo ordinario de labores en el Poder Legislativo Estatal iniciará el primero de septiembre y debe concluir a más tardar el último día de diciembre.
En cuanto al segundo periodo ordinario, comenzará el primer día hábil de febrero y terminará a más tardar el último día de julio.
Por su parte, el artículo 39 prevé que las sesiones extraordinarias pueden ser solicitadas por la Junta de Gobierno del Congreso, el titular del Ejecutivo Estatal o por la Diputación Permanente.
Sin embargo, este último órgano es quien debe aprobar dichas solicitudes y es quien actuará como Directiva del Congreso durante dichas sesiones.
Por último, el artículo 46 ahora establecerá que la Ley Orgánica del Poder Legislativo es quien decidirá la instalación, funcionamiento y clausura de los trabajos ordinarios y extraordinarios del Congreso de Hidalgo.
Parte de la reforma entrará en vigor hasta 2028 y 2030
Sin embargo, el dictamen establecido por la Primera Comisión de Legislación menciona en sus artículos transitorios que dos modificaciones funcionarán hasta 2028 y 2030.
La reforma al artículo 38 entrará en vigor a partir del primero de septiembre de 2028, para el primer periodo ordinario de la legislatura entrante. Por lo que hasta entonces habrá una ampliación en el trabajo legislativo.
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A su vez, la modificación al artículo 36 será aplicable hasta el primero de septiembre de 2030. Debido a que la siguiente legislatura ya tiene estipulado que tomará protesta el cinco de septiembre de 2027.
A pesar de estas cuestiones, los diputados del Congreso de Hidalgo aprobaron la reforma para ampliar los periodos de sesiones con 29 votos a favor. La cual entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
Proponen ampliar periodo de sesiones en el Congreso de Hidalgo
El pasado 10 de enero, el legislador morenista Andrés Velázquez Vázquez propuso estas modificaciones a la Constitución Política del Estado de Hidalgo para fortalecer el trabajo legislativo.
El diputado mencionó que ampliar el periodo de sesiones ayudaría a los integrantes del Congreso de Hidalgo. Ya que habría un mejor análisis en las iniciativas presentadas, teniendo un trabajo más eficiente, eficaz y transparente.
La finalidad de todo Congreso es la formación de buenas leyes y la toma de decisiones colegiadas que sirvan para facilitar la convivencia pacífica de todas y todos (…), entre más tiempo se tenga de trabajo efectivo, (…) mayor será la apertura legislativa”.
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