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El Congreso de Hidalgo aprobó por unanimidad prohibir que personas violentadoras y deudores alimentarios puedan acceder a cargos públicos o de elección popular; una Ley conocida como 3 de 3.

La aprobación ocurrió durante la tarde de este 24 de mayo, en la LXV Legislatura de Hidalgo, en la sesión ordinaria número 134. 

La propuesta, turnada por el Senado, destaca que no podrán registrarse ni ser nombrados para cargos públicos quienes sean deudores alimentarios o tengan denuncias por violencia en razón de género.

Asimismo, señala que estas personas tampoco podrán ser aspirantes a alguna candidatura para un puesto de elección popular. En este sentido, los partidos deberán solicitar a los aspirantes firmar un formato en el que aseguren no tener sentencia por violencia doméstica, de género o sexual.

De igual forma, se suspenderá de cualquier cargo público de manera inmediata a quienes incumplan sus obligaciones alimentarias ante sentencia de un juez.  

De acuerdo con lo aprobado por el Congreso de Hidalgo, la llamada Ley 3 de 3 señala que las causales para prohibir a deudores y agresores ocupar un cargo público es tener sentencia firme por delitos contra la vida y la integridad corporal.

Asimismo tener sentencia contra la libertad y seguridad sexuales o el normal desarrollo psicosexual. También por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica y violación a la intimidad sexual.

Los diputados avalaron el decreto en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público con 22 votos a favor. Dicho decreto, entrará en vigor posterior a su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE) de Hidalgo. 

Desde el Senado, dan restricciones a deudores alimentarios 

La Ley 3 de 3 es un importante paso para combatir la violencia de género. El 22 de marzo, los senadores avalaron también que las personas inscritas en el Padrón de Deudores Alimentarios no podrán tener pasaporte, licencia o permiso de conducir. 

Tampoco podrán competir para jueces, ni hacer trámites ante un notario público para la compra-venta de inmuebles o transmisión de derechos.  

En casos de matrimonio, los jueces deberán dar a conocer a los contrayentes “si alguno se encuentra en este registro”. De igual manera, tampoco podrán salir del país. 

Esta reforma lleva el nombre de “Ley Sabina”, en honor a Diana Luz Vázquez, la madre que empujó para legislar sobre las y los padres desobligados. Su hija, desde que nació, no recibió pensión económica de su padre. 

El 4 de abril, el Congreso del Estado avaló la suspensión de candidaturas para cargos públicos contra deudores alientarios y violentadores en Hidalgo. Esto cuando tengan una sentencia definitiva por parte de un juez.  

Sin embargo, esta suspensión de candidaturas podrá revertirse, si los responsables se ponen al corriente de sus obligaciones y un juez levanta la sentencia.  

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Fernanda Huerta

Fernanda Huerta

Licenciada en comunicación. Cinéfila y amante de los animales, series y libros. Creadora apasionada y perfeccionista, Mi definición personal es el color rosa.

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