La diputada del Partido del Trabajo (PT), Elvia Yanet Sierra Vite, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Hidalgo para eliminar el delito de privación de la libertad con fines sexuales y el delito de rapto.
De acuerdo con la diputada, esta tipificación promueve la discriminación y estereotipos en el secuestro de mujeres.
Sierra Vite señaló que la eliminación de ambos delitos está en concordancia con los principios de igualdad, no discriminación y derechos humanos. Esto para garantizar un marco legal que respalde la integridad y dignidad de las víctimas.
En la iniciativa, la diputada petista propuso erogar los artículos 169 y 171 del Código Penal de Hidalgo.
Actualmente el artículo 169 señala que las autoridades consideran el delito de rapto cuando alguien se apodera de una persona por medio de la violencia o el engaño. Esto con el propósito de satisfacer algún deseo erótico sexual o para casarse con ella.
Este delito contempla una sanción de uno a seis años de prisión y una multa de entre mil 37 pesos a 6 mil 224 pesos.
A su vez, el artículo 171 menciona que el delito de rapto solo se perseguirá por una denuncia de la víctima o de su legítimo representante.
En este sentido, Sierra Vite mencionó que el rapto implica en si mismo un secuestro. Sin embargo, puntualizó que solo se puede castigar a petición de la persona afectada.
Aseguró que esto limita la posibilidad de que la justicia actúe de manera proactiva en la protección de los derechos de las víctimas.
Es importante destacar que, en algunos casos, estos delitos solo reconocen como víctimas a las mujeres, lo cual plantea un desequilibrio en el enfoque legal y una negación de la posibilidad de que otros géneros sean igualmente afectados”, dijo.
Delito de rapto promueve discriminación y estereotipos en Hidalgo
En su iniciativa, Elvia Sierra destacó que los delitos de privación ilegal de la libertad con fines sexuales y el de rapto promueven la discriminación. Asimismo fomentan estereotipos sobre los “motivos” que fundamentan dichas acciones.
Destacó que la erogación de estos delitos permite “garantizar” que las sanciones por secuestro “no estén sesgadas por género y que se otorgue igualdad de trato ante la ley, independientemente del sexo de la persona afectada”.
A su vez, resaltó que la ley debe tener un enfoque que no perpetúe estereotipos ni desigualdades basadas en el género al hablar de rapto.
La derogación de estos delitos es un acto que promueve la igualdad y la justicia en la sociedad”, comentó.
Elvia Sierra también argumentó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ya recomendó a varios estados que eroguen ambos delitos.
Esto se alinea con los tratados internacionales y la progresividad de los derechos humanos, garantizando que las conductas que se configuran como resultado de la derogación se correspondan con el delito de violación y, en su caso, con el delito de secuestro”, sostuvo.
La Mesa Directiva turnó la propuesta de reforma a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis.
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