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La diputada del Partido del Trabajo (PT), Elvia Yanet Sierra Vite, presentó una reforma ante el Congreso de Hidalgo para que el delito de rapto pueda perseguirse mediante la denuncia, es decir, que solo se ponga de conocimiento de las autoridades para que estas puedan investigarlo 

Esto debido a que dicho delito solo se persigue mediante querella en donde el afectado o afectada se vuelve parte del proceso penal 

Durante la sesión ordinaria de este 25 de abril, la legisladora del Distrito 14 de Pachuca Poniente expuso que su iniciativa busca que cualquier persona pueda denunciar el hecho. Dijo que esto sería adicionando el término “denuncia” a la persecución del rapto 

Actualmente, el delito de rapto solo se persigue mediante querella en Hidalgo. La “querella” es un instrumento procesal en el cual solo puede iniciar juicio la persona afectada o su representante. Sin embargo, dicha persona deberá ejercer la acción penal de forma directa, involucrándose en la investigación. 

Presentan reforma para perseguir el delito de rapto a través de la denuncia en Hidalgo
Elvia Sierra, diputada de Hidalgo. Creditos: Congreso de Hidalgo.

En cambio, en una “denuncia”, cualquier persona informa sobre la comisión de un delito, haciendo que las autoridades lo investiguen sin que la parte afectada forme parte de la investigación o el juzgamiento. 

La diputada consideró imprescindible añadir la figura de “denuncia” como una manera para que las autoridades de Hidalgo persigan de manera efectiva el rapto. 

Cabe resaltar que, a nivel jurídico, el rapto consiste en aquella conducta enfocada en sustraer a una persona por la fuerza o intimidación, ya sea para casarse con ella o algún otro fin sexual. En cambio, se le denomina secuestro cuando la intención final es ajena a lo sexual. 

¿Cómo se castiga el rapto en Hidalgo? 

La reforma de Elvia Yanet Sierra modifica el artículo 171 del Código Penal del Estado, para dejar al rapto de la siguiente manera: 

“El delito de rapto se perseguirá por denuncia o querella de la persona ofendida o de su legítimo representante”. 

Según la diputada, esta modificación “representa un paso fundamental al desarrollo de la seguridad plena para los y las habitantes del estado”. 

Cabe resaltar que el artículo 169 del Código Penal señala una pena de uno a seis años de prisión contra la persona que cometa dicha conducta. 

La Mesa Directiva del Congreso del Estado turnó la iniciativa a comisiones para su análisis y futura dictaminación. 

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Emmanuel-Gamero

Emmanuel Gamero

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