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El Congreso de Hidalgo avaló distintas reformas para incrementar las penas por violación, acoso, hostigamiento sexual y feminicidio. Entre las modificaciones, destaca que el asesinato de mujeres en un contexto de explotación también se castigue como feminicidio.

Durante la sesión del 21 de mayo, las y los diputados avalaron distintas modificaciones al Código Penal del Estado. Agregaron la fracción 8 al artículo 139 Bis, donde se especifica que también se castigará como feminicidio el asesinato de una mujer a la que se le obligaba a “realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación”. 

Con esto, podrían castigarse bajo este tipo penal los homicidios de mujeres que hayan sido forzadas a permanecer en el crimen organizado o por cualquier variante de explotación laboral o sexual. 

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Sesión del Congreso de Hidalgo. Creditos: Congreso de Hidalgo.

Actualmente, el feminicidio se castiga en Hidalgo con una pena de 25 a 50 años de prisión y una multa de 300 a 500 días de salario.  

Por otra parte, las y los diputados adicionaron la fracción 5 al artículo 189 Bis. En ella, incorporan penas a nuevas variantes de acoso y hostigamiento sexual en Hidalgo. 

Fijaron que ahora se sancionará como hostigamiento cualquier hecho de índole sexual que ocurra en parques, jardines u otros espacios públicos. 

Cuando se cometa en miradores, jardines, parques o plazas públicas, áreas públicas deportivas o áreas públicas de esparcimiento”, indica la modificación. 

De igual manera, se sancionará cuando el hostigador utilice algún dron y “videograbe, audiograbe y fotografié a la víctima”. 

Estas conductas recibirán una pena de tres meses a dos años de prisión y una multa de 40 a 80 días de salario, como ya estipula la ley.  

Aumentan pena por violación a personas con discapacidad

De igual forma, el Congreso de Hidalgo aprobó incorporar la fracción diez al artículo 181 del Código Penal. Esta reforma contempla aumentar la pena vigente por violación cuando dicho delito sea contra una persona con discapacidad. 

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Actualmente, el artículo 179 del citado ordenamiento establece una pena de siete a 20 años por dicho delito. Con la modificación, la violación contra personas con discapacidad tendrá un castigo de diez años y medio a 30 años de prisión. 

Estas reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH). 

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Bryan Rivera González

Estudió Creación Literaria en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. Reportero desde 2019. Amante de las historias.