El diputado local del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Luis Ángel Tenorio Cruz, acusó que las dirigencias nacionales de los partidos de oposición hicieron un contrapeso para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anulara la reforma para designar más espacios políticos a las personas de la comunidad LGBTIQ+, igual que anuló la consulta para pueblos indígenas en Hidalgo.
En entrevista, el legislador explicó que las dirigencias nacionales de los partidos Acción Nacional (PAN), Verde Ecologista de México (PVEM) y del Movimiento Ciudadano (MC), presentaron las acciones de inconstitucionalidad que analizó la Corte.
Criticó que la oposición demuestra que su respaldo a los grupos vulnerables “sigue siendo demagogia”, principalmente en Acción Nacional.
Aseguró que los partidos, por sesgos políticos, decidieron impugnar la propuesta. Esto, pues expuso que, con la reforma, las personas de la comunidad LGBT tendrían mayor representación en los ayuntamientos y en el Congreso, en Hidalgo.
En este sentido, el morenista explicó que dicho decreto garantizaba mayor representación para la comunidad sexo genérica.
Las fuerzas políticas habrían quedado obligadas a presentar dos fórmulas para cargos en ayuntamientos. Esto ocurriría, en las demarcaciones con mayor población.
En cambio, en las regiones con menor habitantes, los partidos propondrían una sola fórmula para la comunidad LGBT+.
Sin embargo, tras el fallo de la SCJN, no podrán presentar de nuevo dicha protesta, sino hasta que concluyan las elecciones del 2024.
Tiran reforma para dar mayor representación a comunidad LGBTQ+ en Hidalgo
El pasado 7 de diciembre, la Suprema Corte anuló dos decretos aprobados por el Congreso del Estado.
Uno de ellos, el decreto 573, estaba relacionado a más presencia política de la comunidad LGBT en Hidalgo, brindándole cargos de representación popular.
Para el caso de las regidurías plurinominales, el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) debía designar el primer lugar de las candidaturas conforme a las acciones afirmativas. Es decir, brindarla a uno de los sectores socialmente vulnerables, como la comunidad sexo-genérica.
Las personas de la diversidad sexual podían acceder a dichas “cuotas arcoirís”, presentando una manifestación escrita ante el IEEH.
Sin embargo, la Corte anuló la reforma porque hubo poco tiempo de análisis. También, porque no aplicaron una consulta adecuada a los sectores involucrados.
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La reforma anulada sobre representación de pueblos indígenas en Hidalgo
El otro decreto anulado, el 576, era la reforma aprobada por el Congreso del Estado para que los pueblos indígenas y comunidades afromexicanas en Hidalgo tuvieran más representación en la política.
La propuesta incluía que las fuerzas políticas destinarían el 3% de su financiamiento ordinario para la promoción y capacitación intercultural de las comunidades.
Además, el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) tendría que vigilar a los partidos políticos para que los derechos político-electorales de dichos sectores fueran respetados.
De igual forma, el IEEH obligaría a los ayuntamientos y organismos autónomos a dar reconocimiento jurídico-intercultural a los pueblos indígenas y comunidades afromexicanas en Hidalgo.
Sin embargo, la SCJN anuló dicho decreto. En la impugnación, los partidos de oposición señalaron que los diputados no aplicaron adecuadamente la consulta para ver si los pueblos indígenas y comunidades afroamericanas estaban de acuerdo con todas las modificaciones incluidas en la reforma.
En la sesión pública, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena validó los argumentos expuestos por la oposición. Consideró que no hubo tiempo para analizar que las comunidades analizaran toda la propuesta. Aprobarla, violaba el procedimiento legislativo.
Es la tercera vez que le anulan al Congreso del Estado una consulta indígena, por fallas en el procedimiento.
Fallos de la Corte no afectan a consultas para personas con discapacidad
La diputada Michelle Calderón Rodríguez explicó que la consulta para personas con discapacidad no fue afectada, a diferencia de lo ocurrido con la de pueblos indígenas y la de comunidad LGBT en Hidalgo.
Esto, debido a que aplicaron dicha consulta en octubre y noviembre del 2022. Posteriormente, en marzo del 2023, la SCJN validó el decreto.
Hay una parte donde la Suprema Corte hace referencia a la consulta indígena. La consulta para personas con discapacidad fue llevada a cabo en todos los términos como viene en la ley”.
Ante esto, mencionó que dicha consulta pretendía defender los derechos de las personas con discapacidad, al abrir su participación en las iniciativas legislativas que les competen.
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