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Durante la sesión de Cabildo del 12 de junio, el regidor independiente Ángel Castañeda Maldonado presentó una iniciativa para crear el Reglamento de Lucha Libre y Boxeo Profesional en el municipio de Pachuca.  

La propuesta busca regular ambas disciplinas a través de una comisión especializada que centralice las decisiones, con el objetivo de brindar certeza jurídica tanto al público como a los y las deportistas. 

La iniciativa, elaborada en consenso con integrantes de ambos gremios, pretende dar orden a una actividad que actualmente carece de regulación legal en el estado de Hidalgo, según consta en el dictamen revisado por CENTRAL Hidalgo. 

Ángel Castañeda explicó que no existe un marco jurídico vigente que avale las competencias profesionales de la lucha libre y el boxeo en Pachuca. Dijo que esto genera incertidumbre legal para quienes practican esta disciplina.  

La falta de regulación añadió, permite que promotores o empresas modifiquen resultados arbitrariamente, afectando la legitimidad de las contiendas. 

Buscan regular la lucha libre y el boxeo en Pachuca con nuevo reglamento
Sesión del Cabildo de Pachuca. Credit: Especial

Recordó que, el 9 de octubre de 2020, el Consejo Municipal Interino aprobó un reglamento para la Comisión de Lucha Libre de Pachuca, el cual fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.  

No obstante, dicho reglamento nunca se implementó, y su redacción presenta ambigüedades legales que agravan la situación de informalidad. 

Ante ello, el regidor propuso la creación de un nuevo reglamento que proteja la integridad del deporte profesional, prevenga malos manejos por parte de promotores y permita cerrar espacios de lucha clandestinos que representan un riesgo para la vida de los participantes. 

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y dictaminación por parte del cuerpo edilicio. 

¿Qué incluye el nuevo Reglamento de Lucha Libre y Boxeo de Pachuca? 

El Título Dos del reglamento propuesto contempla la creación de la Comisión de Lucha Libre y Boxeo Profesional de Pachuca. Misma que estará integrada por un equipo técnico de especialistas en ambas disciplinas. 

Este órgano tendrá como función principal regular a empresas, promotores, representantes, auxiliares y deportistas, así como autorizar y supervisar las funciones de lucha libre y boxeo en el municipio. De aprobarse el reglamento, ningún evento podría realizarse sin su aval oficial. 

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Entre sus atribuciones también se encuentra la de expedir licencias y permisos a luchadores, boxeadores, réferis, anunciadores y jueces profesionales. 

Además, el reglamento establece la obligatoriedad de contar con servicio médico en todas las funciones. El personal de salud deberá estar designado por la comisión, aunque los promotores o empresas podrán contratar médicos particulares. Esto siempre y cuando cuenten con la autorización del Ayuntamiento. 

Los supervisores, promotores y los contratos 

En el Título Dos del reglamento también contempla la figura del “Cuerpo de Oficiales”. Este está conformado por personal auxiliar de la Comisión encargado de supervisar las funciones de lucha libre y boxeo desde una hora antes del inicio del evento. 

Junto a este cuerpo operativo, habrá un comisionado con la responsabilidad de designar a los jueces y réferis necesarios para cada espectáculo.  

Además, deberá vigilar el orden público, sancionar a los deportistas que infrinjan el reglamento y garantizar que las competencias se desarrollen con legalidad. 

El reglamento incluye un apartado específico titulado “Del Cuerpo de Oficiales”, que abarca del artículo 37 al 69. En este segmento se detalla la estructura de los eventos, el protocolo a seguir y las prohibiciones aplicables durante las funciones de lucha libre y boxeo en Pachuca. 

Por su parte, el Título Tres, denominado “De las Licencias, Permisos, Empresas, Promotores y Contratos”, establece que las licencias para realizar este tipo de espectáculos tendrán una vigencia anual. 

Asimismo, del artículo 77 al 94, se especifican los requisitos que deben cumplir las y los empresarios de ambos deportes para llevar a cabo encuentros.  

Entre ellos se encuentra la obligación de presentar la cartelera y realizar un pago ante la Tesorería municipal con al menos 15 días de anticipación. 

Espectadores podrán solicitar devolución de dinero 

La propuesta también busca proteger los derechos del público asistente a las funciones de lucha libre y boxeo en Pachuca. Establece que no deben realizarse cambios en la cartelera dentro de los 15 días previos al evento. 

En caso de modificaciones, como la sustitución de luchadores, boxeadores o espectáculos, los organizadores estarán obligados a anunciarlo públicamente al inicio del evento. Si algún asistente no está conforme con los cambios, por ejemplo, por la ausencia de su atleta favorito, podrá solicitar la devolución del costo de su entrada. 

Asimismo, las empresas organizadoras estarán obligadas a cubrir el 50 por ciento del pago de sueldos y viáticos de las y los participantes. Esto en caso de cancelación injustificada de la función. De no cumplir con esta obligación, la Comisión de Lucha Libre y Boxeo podrá emitir sanciones correspondientes. 

El reglamento, en sus artículos 92 al 94, establece que los promotores serán responsables de cualquier incidente o irregularidad antes, durante y después de las funciones. 

Por otro lado, los artículos 95 al 101 regulan los contratos entre representantes, empresas y deportistas. Esto a fin de garantizar condiciones claras y legales en las relaciones profesionales dentro de ambos deportes. 

Las obligaciones de las y los deportistas 

El reglamento también contempla una regulación específica para atletas de lucha libre en Pachuca, comprendida entre los artículos 128 al 153. En este apartado se establecen normas de conducta, seguridad y competencia profesional. 

De acuerdo con el reglamento, las y los luchadores tienen estrictamente prohibido consumir alcohol, estimulantes o drogas antes y durante el evento. En caso de incumplimiento, podrían ser suspendidos de forma definitiva. 

Asimismo, se prohíbe el uso de objetos que puedan causar daño al adversario, salvo que la Comisión haya autorizado previamente una lucha extrema. También se restringe cuestionar públicamente las decisiones tomadas en el ring; cualquier inconformidad deberá presentarse ante la Comisión correspondiente. 

Otro punto importante establece que los luchadores no podrán utilizar el micrófono del evento para agredir verbalmente a su oponente. Si lo hacen, podrán ser sancionados con la pérdida de su licencia o incluso boletinados a nivel nacional e internacional. 

Igualmente, la propuesta reglamenta las luchas de máscara contra máscara, contra cabellera, relevos, correas y triangulares. También las luchas de relevos suicidas, batalla campal, encadenados, mixtas, de miniluchadores y de eliminación.  

El resto de los artículos incluyen especificaciones para validar campeonatos; los pesos y la responsabilidad de los réferis. También el uso de guantes o vendas de mano, así como los golpes prohibidos. 

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Jorge Guzmán

Jorge Guzmán

Licenciado en Comunicación, amante del periodismo y de los gatos. Siempre hay una historia que contar y qué mejor que ser recordado por ella.