¡Comparte!

Las y los diputados del Congreso de Hidalgo aprobaron una reforma a la Ley de Movilidad y Transporte Estatal para sancionar a las y los choferes del transporte público que manejen usando el teléfono celular u otros dispositivos electrónicos.  

En la sesión de este 20 de mayo, el integrante de la Primera Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales, Juan Pablo Escalante Urban, subió a tribuna y expuso en qué consiste la reforma.  

De acuerdo con el legislador, la iniciativa modifica el artículo 154, mismo que enlista todo aquello que está prohibido para los concesionarios, permisionarios, titulares de autorizaciones y convenios, así como conductores y empleados en el transporte público.  

En este sentido, la reforma agregaría la sección XXXVI. Esta señala la prohibición del uso del celular por parte de los choferes del transporte público en Hidalgo mientras conducen. 

Sancionarán a choferes del transporte público en Hidalgo que manejen usando el celular
Diputado Juan Pablo Escalante. Credit: Congreso de Hidalgo.

Esta sección también contempla todo dispositivo electrónico que distraiga al conductor y ponga en riesgo a las personas pasajeras. Sin embargo,exceptúa la tecnología de manos libres.  

La reforma también modifica el artículo 270 agregando la sección XXXI. Esta señala que, si el conductor es sorprendido usando estos dispositivos, las autoridades correspondientes lo detendrán y asegurarán su vehículo.  

Asimismo, reforma el artículo 289 para indicar que la multa para la persona que incumpla con lo anteriormente mencionado es de 45 a 65 Unidades de Medida y Actualización (UMAS). Es decir, de cinco mil 91.30 a siete mil 354.10 pesos.  

Juan Escalante comentó que estos cambios garantizarán la prevención de accidentes viales. También dijo que fortalecerán la protección de la integridad física de cada conductor y pasajeros. 

Reforma contempla otras modificaciones 

Asimismo, la reforma también contempla cambios en dos artículos con el objetivo de reconocer la importancia de las vialidades como un espacio público.  

Esta contempla cambios en el artículo 27, encargado de los principios que rigen la planeación, el diseño y la implementación de las políticas públicas, programas y acciones en materia de movilidad.  

ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP “CAFÉ Y CHISMECITO” 

La modificación consiste en agregar la sección VI Bis, para definir la habitabilidad como una parte fundamental de dichos principios. 

En este sentido, señala que las autoridades están obligadas a generar condiciones para que las vialidades promuevan la correcta movilidad y creen un espacio público de calidad.  

Los espacios mencionados deben contar con interacción social, así como con diversidad de actividades, servicios, equipamientos e infraestructura.  

También reforma el artículo 28, que indica el desarrollo y aplicación de la política pública de movilidad y transporte. Para ello, se agregaron dos nuevos párrafos en su sección II.  

Estos señalan que el diseño de la red vial, urbana y carretera deberá considerar su vocación como un espacio público de movilidad y habitabilidad. A su vez, las autoridades competentes deben fortalecer ambas funciones al tomar en consideración las necesidades de los grupos vulnerables.  

Con un total de 23 votos a favor, las y los diputados del Congreso del Estado aprobaron todas las modificaciones. Estas entrarán en vigor una vez publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH). 

Te puede interesar:

Jorge Guzmán

Jorge Guzmán

Licenciado en Comunicación, amante del periodismo y de los gatos. Siempre hay una historia que contar y qué mejor que ser recordado por ella.