La diputada de Morena, Tania Eréndira Meza Escorza, y el diputado de Movimiento Ciudadano, Carlos Alejandro Alcántara Carbajal, propusieron desde el Congreso de Hidalgo una reforma para reconocer jurídicamente el término “Violencia Transfeminicidio”.
En la sesión de este 11 de agosto, los legisladores explicaron que su objetivo es prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres trans.
Para ello, plantearon adicionar un inciso al artículo 5 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Hidalgo. Dicho apartado establece los diferentes tipos de violencia contra las mujeres.

La reforma propone crear la fracción XI Quater para definir la “violencia transfeminicidio”. Esta definida como toda acción u omisión que represente la forma extrema de violencia contra una mujer trans o una persona dentro del espectro femenino de género.
Las situaciones en donde esto ocurre pueden ser productoras de una violación de derechos humanos. En el extremo, llegarían al homicidio o muertes violentas contra las mujeres trans. Por lo que definir el término ayudaría a que las leyes en Hidalgo puedan apoyar a las víctimas.
Visibilizar esta forma de violencia en nuestra ley no es solo un acto de justicia, es un acto de humanidad. A la comunidad trans en Hidalgo y en todo México les decimos hoy con firmeza: su existencia importa, su dignidad es innegociable y sus vidas merecen protección”.
La iniciativa se turnó a la Primera Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis, discusión y resolutivo correspondiente.

Congreso busca tipificar el transfeminicidio; conseguirían la “Ley Paola Buenrostro” para Hidalgo
Tania Meza y Alejandro Carbajal recalcaron que la definición de “Violencia Transfeminicidio” forma parte de una iniciativa adicional para sustentar la “Ley Paola Buenrostro” que buscan traer al Código Penal Estatal.
El pasado 4 de agosto, ambos legisladores propusieron crear el Capítulo I Ter “Transfeminicidio” en dicha ley.
Entre los puntos destacables está la creación del artículo 139 Ter para que una persona culpable de transfeminicidio esté de 25 a 50 años en prisión. Además, pagaría una multa de 33 mil 942 pesos a 56 mil 570 pesos.
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Asimismo, agregarían diez fracciones para explicar cuándo existen razones de identidad o expresión de género en este tipo de delito. Entre ellas está que la víctima tenga signos de lesiones degradantes, mutilaciones o violencia sexual.
Igualmente, la propuesta señala que la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJEH) debe seguir el Protocolo de Actuación para la Atención a las Personas de la Comunidad LGBTI+ para investigar este delito.
De no existir, las autoridades correspondientes deben crear uno inmediatamente a partir de la perspectiva de género, la diversidad sexual y los estándares de derechos humanos internacionales.
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