El Congreso de Hidalgo analiza una iniciativa para tipificar el acecho y el acoso sexual en el Código Penal estatal, con penas que podrían alcanzar hasta cuatro años de prisión.
La propuesta fue presentada durante sesión ordinaria por la diputada Montcerrat Hernández Pérez, quien planteó reformar diversas disposiciones para armonizar la legislación local con el Código Penal Federal.
La legisladora explicó que el objetivo es cerrar vacíos legales y evitar que conductas de intimidación, persecución o hostigamiento queden impunes en el ámbito estatal.
De acuerdo con la iniciativa planteada en el Congreso de Hidalgo, el delito de acecho contempla sanciones de dos a cuatro años de prisión y hasta 400 días de multa.
Este delito se configuraría cuando una persona, sin consentimiento y de forma reiterada, vigile, siga, se acerque o mantenga contacto no deseado con otra.
También incluiría actos de vigilancia, mensajes insistentes, seguimiento constante o invasión de la privacidad que provoquen miedo, angustia o afectaciones a la estabilidad emocional.

El documento describe el acecho, conocido internacionalmente como stalking, como un patrón de conducta persistente que altera la vida cotidiana de la víctima.
La propuesta advierte que estas conductas suelen ser antesala de formas más graves de violencia, incluso feminicidio. Por lo que su sanción permitiría prevenir escaladas de agresión.
Sanciones para el acoso sexual
En el caso del acoso sexual, la iniciativa plantea penas de uno a tres años de prisión y hasta 600 días de multa.
El delito se configuraría cuando una persona realice actos reiterados de intimidación o acercamientos con fines lascivos que provoquen daño psicoemocional.
Entre las conductas sancionables se incluyen tocamientos no consentidos, mensajes insistentes, hostigamiento y expresiones de carácter sexual consideradas ofensivas.
La propuesta también busca eliminar la normalización de estas prácticas, frecuentemente justificadas como “piropos” o “galanteo”, pero que afectan la libertad y seguridad de las mujeres.
Asimismo, se plantean agravantes cuando la víctima sea menor de edad, adulta mayor, persona con discapacidad o se encuentre en situación de vulnerabilidad.
Las penas también aumentarían si el agresor mantiene una relación de subordinación laboral, docente o doméstica con la víctima.
En caso de que el responsable sea servidor público, la iniciativa contempla su destitución e inhabilitación hasta por un año.
La legisladora señaló que la reforma pretende reconocer el daño psicoemocional que generan estas conductas y fortalecer la protección a la dignidad y seguridad de las personas.
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