Diputados de Morena y Nueva Alianza presentaron una reforma en el Congreso de Hidalgo para incrementar las sanciones contra las terapias de conversión a miembros de la comunidad LGBTI+.
En la sesión de este 25 de junio, la legisladora morenista, Tania Meza Escorza, subió a tribuna a presentar la iniciativa. Dijo que su objetivo es tipificar y armonizar las leyes estatales con las federales en la materia.
Por ello, explicó que la reforma busca derogar el artículo 202 Ter del Código Penal para el Estado de Hidalgo y crear el Capítulo V “Delitos contra la orientación sexo afectiva o la identidad de género de las personas”.
Actualmente, el artículo que buscan eliminar establece penas de uno a tres años de prisión y multas de 16 mil 971 a 33 mil 942 pesos por obligar a otra persona a recibir una terapia de conversión.
El castigo se incrementa en una mitad si la víctima es menor de edad, adulto mayor o persona que no comprende el delito.

Con esa agravante, las penas alcanzan de un año y seis meses a cuatro años y seis meses. Asimismo, la multa se incrementa y va de los mil 456 a 50 mil 913 pesos,
Sin embargo, Tania Meza indicó que pretender derogar este artículo y crear todo un capítulo enfocado a dicho delito. Esto con el objetivo de brindar una mayor protección legal a las personas de la diversidad sexual como ya lo establece el Código Penal federal.
De esta forma, el nuevo capítulo tendría solo el artículo 276 Bis que definiría el delito de terapias de conversión de la siguiente manera:
Quien realice, imparta, aplique, obligue, induzca o someta a terapias de conversión, entendiéndose como estas a aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos, practicas o tratamientos, que tenga por objeto la pretensión de modificar, reprimir, reorientar, menoscabar, restringir, anular, suprimir o cambiar la orientación sexoafectiva, identidad o expresión de género de una persona, en las que se emplee cualquier tipo de violencia que atente contra la dignidad e integridad humana”.
Penas por las terapias de conversión
Con la reforma, las sanciones contra las terapias de conversión en Hidalgo aumentarían de dos a cuatro años. En cambio, la multa sería menor al monto actual, quedando entre 11 mil 314 y 22 mil 628 pesos.
La reforma mantiene intacto el apartado que aumenta las penas en hasta una mitad si es contra un menor de edad, adulto mayor o persona que no comprenda el delito.
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Quien resulte culpable con esta agravante, pasaría de tres a seis años en prisión. Además, deberá pagar una multa de 16 mil 971 a 33 mil 942 pesos.
Sin embargo, no es la única modificación. Con la adición de dos incisos, la pena aumentaría al doble si el responsable de la terapia tiene relación laboral, docente o médica con la víctima. También aplica contra funcionarios públicos.
Las personas que cometan el delito con estas características enfrentarían una pena de cuatro a ocho años en prisión. Ello, sumado a una multa que va de los 22 mil 628 a 45 mil 256 pesos.
En cambio, si el delito cumple con todas las agravantes ya expresadas, la persona responsable sería condenada entre seis a 12 años de en prisión. Además, tendría que pagar una multa de 33 mil 942 a 67 mil 884 pesos.
La iniciativa fue turnada a la Primera Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis correspondiente.
Esto ocurre en un marco donde las terapias de conversión siguen siendo una realidad en Hidalgo. El pasado 14 de mayo, el titular de la Dirección de Diversidad Sexual del Gobierno de Hidalgo, Luis Ángel Tenorio Cruz, indicó que todavía se aplica en las regiones de Tula-Tepeji y del Altiplano.
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